Si buscas resultados diferentes, no hagas siempre lo mismo

¡ Bienvenido a nuestra página web dedicada a la Ley de Segunda Oportunidad !

Nuestro eslogan para la ley de la Segunda Oportunidad:

» Si buscas resultados diferentes, no hagas siempre lo mismo «.
La frase como ya podrá suponer no es nuestra, es de Albert Einstein.

Son muchas las veces, que situaciones de insolvencia, son provocadas por factores que escapan a nuestro control y a nuestra previsión.

Las alteraciones económicas imprevistas, sobrevenidas en un corto periodo de tiempo, hacen que no podamos cumplir con los compromisos que hemos contraído en lo que a pagos o deudas se refiere.

Se han llegado a dar casos entre los autónomos de no poder hacer frente a sus deudas con proveedores o bancos, por no recibir ingresos de sus clientes.

También entre particulares podemos ver situaciones como, perdida del trabajo, intereses abusivos de prestamos, divorcios, enfermedades de larga duración.

La experiencia nos ha demostrado que cuando ocurren este tipo de situaciones, nuestras motivaciones por seguir adelante quedan mermadas, nuestro aliciente por querer levantar esa insolvencia, se ve como una montaña demasiado elevada, nuestros estímulos, nuestros ánimos están bajo mínimos.

Ahora es cuando yo, le leo nuestro eslogan, «Cambia las cosas, no hagas lo mismo que la semana pasada».

Existe la Ley de la Segunda oportunidad, cuya misión es volver a encarrilar la vida económica y laboral, de cualquier persona, sea particular o autónomo, después de haber pasado por una insolvencia.

Con esta Ley, podemos volver al circulo de nuestra actividad u otras actividades, y evitamos tener que caer en economías sumergidas por tener que arrastrar deudas pendientes.

Y estamos aquí para mostrarle cómo puedes aprovechar al máximo esta ley para darle un nuevo comienzo a su vida financiera.

¿ Se imaginas poder cancelar parcial o totalmente su deuda ?. El poder liberarse de su actual situación, el volver a ver el cielo azul.

Aquí encontrará información valiosa y recursos para ayudarle a tomar acción, y superar sus obstáculos.

Explore nuestro sitio para descubrir cómo se puede aplicar la Ley de la Segunda Oportunidad en su situación y comenzar a avanzar hacia un futuro sin deudas.

Mírese si se puedes acoger, y si es así o si tienes alguna pregunta o duda pongase en contacto con nosotros y sin ningún tipo de compromiso le responderemos. ¡ Si le podemos ayudar, lo haremos !


La ley de Segunda Oportunidad que es

La Ley de Segunda Oportunidad es una normativa creada en el año 2015 y reformada en septiembre de 2022, que tiene como objetivo ayudar a las personas que han tenido o tienen problemas económicos a recuperar su situación financiera y volver a estar activas en el mercado laboral. La ley permite a estas personas solicitar la cancelación de sus deudas o una reducción significativa de las mismas, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos.

Mire si se puede acoger. Quien puede acogerse

La ley de Segunda Oportunidad puede ser aplicada a personas físicas que han sufrido una situación de insolvencia personal, como son:

Ley de la segunda oportunidad para particulares
trabajadores por cuenta ajena, desempleados, pensionistas, etc.

Ley de la segunda oportunidad para Autónomos
trabajadores por cuenta propia (negocio propio, a su nombre).

Es importante resaltar que desde la reforma de Septiembre de 2022, ya no es necesario para solicitar la ley de la segunda oportunidad, haber intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con nuestros acreedores.

Las Sociedades, entidades Jurídicas, disponen de otro procedimiento llamado Concurso de acreedores.

Ley segunda oportunidad requisitos

Los requisitos para acogerse a la ley de la segunda oportunidad son:

  • Ser una persona física: Particular o Autónomo, no sociedades o entidades jurídicas.
  • Tener como mínimo 2 acreedores tanto públicos (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamiento) como privados (Bancos u otras empresas).
  • Ser insolvente actualmente o inminente.
  • Que la deuda no ascienda a mas de 5 millones de euros.
  • No tener antecedentes penales por delitos económicos.
  • Se deberá haber actuado de buena fe en todo momento.
  • No haber solicitado la ley de Segunda oportunidad, en los últimos 5 años.

Ley segunda oportunidad Hacienda o Seguridad Social

En el caso, que el acreedor sea Hacienda o Seguridad Social, el limite máximo que se podrá cancelar será de 10 mil euros por cada uno.

Ley segunda oportunidad boe

Si desea conocer con detalle la normativa de la ley según el Boletín Oficial del Estado, aquí le dejo un enlace a la ley y a la actual reforma del mes de septiembre de 2022

Real Decreto Ley 1/2015 de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad
Ley 16/2022 de 5 de septiembre de Reforma del texto de la ley concursal

Mejoras de la ley con la reforma de septiembre 2022

También llamada nueva ley de segunda oportunidad o nueva ley 2 oportunidad.

  • Ya no es necesario perder sus bienes -patrimonio- ahora puede optar por seguir un Plan de Pagos para poder cancelar sus deudas.
    El plan de pagos, tiene una duración de 3 años, pudiéndose ampliarse hasta 5 años.
  • La cancelación de deudas con Hacienda publica y Seguridad Social tiene un limite de 20 Mil euros, a razón de 10 Mil euros para cada administración.
  • Procedimientos mas rápidos, limitándose su duración a 18 meses máximo.
    Los juzgados competentes para conocer estos procedimientos pasan a ser únicamente los de lo Mercantil.
  • Salida inmediata del fichero de morosos y riesgos financieros, los juzgados deberán pedir de oficio, la eliminación de los datos de los deudores, cuyas deudas hayan sido exoneradas.
Acuerdo ley segunda oportunidad

Segunda Oportunidad Deudas

Con la reforma de la ley de septiembre de 2022, se pueden cancelar las siguientes deudas:

  • Deudas con Proveedores
  • Micro-créditos (Son créditos rápidos y de pequeños importes)
  • Tarjetas de Crédito
  • Prestamos
  • Deudas hipotecarias
  • Deudas con la Agencia Tributaria (Máximo 10 Mil euros)
  • Deudas con la Seguridad Social (Máximo 10 Mil euros)

Segunda Oportunidad bloqueo cuentas bancarias

En la ley de las segundas oportunidades, mientras dure el procedimiento, no podrán seguir reclamándote deudas ni habrá embargo de bienes.
Aun así habrá que que ver si tiene las deudas con el banco mismo o vienen de una orden judicial.

Plazo para solicitar la ley de la segunda Oportunidad

Con la reforma de septiembre de 2022, el plazo para solicitar la Ley es de 2 meses, desde que se ha conocido el estado de insolvencia, que será cuando no se puedan cumplir las obligaciones de pago.

Es importante el no superar en mucho ese plazo, porque podría suponer la perdida de la aplicación de la ley.

Abogado ley segunda oportunidad

Consulte con el Colegio de Abogados de su provincia, o bien con el juzgado mas cercano a su domicilio, la posibilidad de obtener asistencia jurídica gratuita.

Ellos serán quienes mejor puedan asesorarle en la situación actual sobre un procedimiento de segunda oportunidad.

rato segunda oportunidad

Como se inicia el procedimiento

Mediante una solicitud dirigida al Juzgado Mercantil, sea el deudor particular o autónomo.

En la solicitud se debe detallar,

  • Situación del deudor (personal).
  • Situación de los requisitos para poder acogerse.
  • Situación de la insolvencia (deudas).
  • Situación Ingresos y bienes.
  • Si el juzgado lo admite a tramite, la solicitud ira acompañada de toda la documentación necesaria para conocer de la situación del deudor.
  • Una vez vista toda la documentación, el deudor puede optar por liquidar activos para rebajar deudas o bien hacer un Plan de Pagos, a 3 años o a 5 años.
  • Se solicitara a los acreedores el acuerdo o no sobre las medidas que se van a tomar.
  • Y el juez concederá una exoneración provisional y aprobara el Plan de Pagos.
  • Y finalizado el plazo del plan de pagos, el juez procederá a la exoneración definitiva.

Pros y Contras de la ley de segunda oportunidad

Ventajas

  • Reducir o aplazar deudas. (mediante quitas o aplazamientos)
  • Renegociación de deudas.
  • Bloqueo temporal de embargos y demandas.
  • Acceso a nuevas financiaciones.
  • Mantener la vivienda de uso habitual. (según circunstancias)
  • Creación de un Plan de Pagos con fechas e importes.
  • Quedas borrado de los listados de morosos de forma inmediata.
  • Protección de parte de los ingresos, para asegurar viabilidad de familia y negocio.

Desventajas

  • Durante el proceso, el patrimonio estará sometido a ciertas limitaciones.
  • Es posible que tenga que vender bienes no esenciales para pagar a sus acreedores parte de la deuda.
  • Si recibe ingresos extraordinarios en los siguientes 5 años, se podrán usar para pagar deudas.
  • El juez podría fijar un calendario de pagos que se podría alargar hasta 3 años.

Pasos del procedimiento

Con la reforma de la ley de septiembre de 2022, la acción a seguir es:

Se reúne toda la documentación necesaria para el procedimiento.
Se presenta al juzgado que corresponda.

De podrá solicitar la cancelación total o parcial y si corresponde un Plan de pagos, dependiendo de cada caso y que el juez admita el tramite.

El procedimiento no deberá superar los 18 meses.

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Buena fe del deudor

Se entiende por buena fe del deudor:

Que la insolvencia no haya sido provocada para no tener que afrontar el pago a acreedores.

No se hayan cometido delitos contra el patrimonio, delitos económicos, falsedad documental, contra la Hacienda Publica o Seguridad Social.

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Cuanto dura el procedimiento

Desde los casos mas sencillos que podrían durar 6 meses, hasta los mas complicados que según marca la ley son 18 meses.

Mientras dure el procedimiento, el deudor estará protegido contra embargos y reclamaciones de deudas.

La duración también dependerá de si el deudor opta por liquidar parte de sus bienes o aceptar un plan de pagos.
Si opta por liquidar bienes, el tiempo se alargara mas que si establece un Plan de Pagos a acreedores.

Por ultimo también hay que valorar la complejidad de cada procedimiento y las cargas de trabajo que pueda tener el juzgado.

Las deudas durante el procedimiento

Iniciar el procedimiento no te va a cancelar las deudas, tendrás la obligación de seguir pagando, aunque si podrás solicitar al juez el aplazamiento de pagos.

Si, se van a paralizar los embargos y las ejecuciones hipotecarias.

Mientras dura el procedimiento, no nos podrán embargar, ni vender nuestra casa, aunque la deuda seguirá creciendo.

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Finalización del procedimiento

Si hemos optado por el Plan de Pagos:
Deberemos cumplir con el plan de pagos aprobado. Esto incluye hacer pagos regulares a los acreedores según lo establecido en el plan.

Informar sobre cambios en la situación económica:
Es necesario informar al juzgado sobre cualquier cambio en la situación económica, como un aumento en los ingresos o un cambio en el empleo.

Asesoramiento financiero:
Es recomendable seguir recibiendo asesoramiento financiero para ayudar a planificar y gestionar mejor las finanzas personales.

Salida del fichero de Morosos:
Salida inmediata de los ficheros ASNEF, RAI, CIRBE.

Conseguir un historial crediticio sano:
Una vez cumplido el plan de pagos, es importante trabajar para conseguir un historial crediticio sano para poder acceder a préstamos y créditos en el futuro.

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Las deudas se cancelan para siempre

Hasta pasados 3 años las deudas no se cancelan de forma definitiva, aunque Ud. no las tenga que pagar.

La justicia se reserva 3 años para la cancelación definitiva, por si algún acreedor encuentra fraude en las actuaciones del deudor.

El acreedor podría pedir revisión del procedimiento si entendiera que se ha obrado de mala fe.

Puedo perder mi vivienda

Actualmente, el deudor ya no tiene que vender todo su patrimonio incluida vivienda para afrontar sus deudas.

Puede realizar un Plan de Pagos, y conservar tanto su vivienda habitual como activos empresariales si fuera autónomo.

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Sobre la ejecución hipotecaria

Es posible que después de la ejecución hipotecaria, el banco en la subasta, no haya conseguido el suficiente dinero que salde su deuda con el.
Por lo cual, Ud. seguirá debiendo dinero al banco.

Ahora con la ley de segunda oportunidad, cancelaras el 100% de esa deuda si no dispone de mas patrimonio.

En este punto la ley es muy importante para los que ya han perdido su casa y deban seguir pagando parte de la hipoteca, o bien los que no quieran perder su casa actual por culpa de deudas que tienen al margen de su hipoteca.

Deudas que no se pueden cancelar

No se podrán cancelar:

  • Pensiones de alimentos a hijos.
  • Deuda publica mayor a 10 Mil euros.
  • El Plan de Pagos aprobado por la Ley.

Hemos hecho un repaso a lo mas sustancial de la ley y las mejoras de septiembre de 2022.

Ya conocemos el marco por el que nos vamos a mover y la duración del procedimiento.

Solo nos queda conoce el detalle de como encajamos dentro de la Ley.

LSO Juntos somos mas fuertes

Le parece oportuno empezar ?

Contacte con nosotros sin ningún tipo de compromiso, le asesoraremos sobre los Pros y los Contras que puedan haber, y Usted tomara la decisión de acogerse o no a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Estará asesorado, informado y acompañado durante todo el procedimiento por el despacho de abogados.