Uno de los efectos más inmediatos y deseados al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es la paralización de los embargos que ya estuvieran sufriendo. Te explicamos cómo funciona y desde qué momento.
Tipos de embargo afectados
- Embargo de nómina: parte del salario retenida cada mes por orden judicial o administrativa.
- Embargo de cuentas bancarias: bloqueo o sustracción de saldos.
- Embargo de prestaciones: SEPE, pensión.
- Embargo de bienes muebles: vehículo, maquinaria.
- Embargo de bienes inmuebles: anotación preventiva en el registro.
Desde cuándo se paralizan
Desde la admisión a trámite del concurso, los embargos en curso por las deudas incluidas en el procedimiento quedan paralizados. El juzgado emite una comunicación a los órganos que los habían ordenado (otros juzgados, AEAT, TGSS) y a los terceros que los ejecutaban (empresa pagadora de la nómina, banco).
En la práctica, eso supone que en la primera nómina o pago tras la admisión, ya no se descuenta el embargo. La cuenta deja de tener bloqueos por las deudas incluidas.
¿Y los embargos por deudas no exonerables?
No se paralizan. Por ejemplo, los embargos por pensión de alimentos o por deudas con Hacienda y Seguridad Social que excedan de los 10.000 € exonerables siguen vigentes. Se mantienen como hasta entonces.
¿Cuánto tiempo entre solicitud y admisión?
Habitualmente entre 4 y 8 semanas, según la carga de trabajo del juzgado. En provincias más ágiles, 3 semanas. En grandes ciudades con mucha carga, 8-10 semanas. Por eso es importante presentar la solicitud bien preparada para que no haya requerimientos de subsanación que retrasen.
Tras la exoneración: cancelación definitiva
Cuando llega el auto de exoneración, los embargos por deudas exoneradas se cancelan definitivamente: se levantan las anotaciones registrales, se devuelven retenciones indebidas posteriores y los acreedores pierden cualquier título para volver a pedir embargo.
Caso típico: persona con varios embargos simultáneos
Trabajadora con embargo del 30 % de la nómina por dos bancos. Tras admisión a trámite (5 semanas), la nómina del mes siguiente vuelve a ingresarse íntegra. La trabajadora recupera capacidad para pagar gastos básicos. Con la exoneración (10 meses después) se cierra definitivamente el caso.
¿Qué pasa con los nuevos requerimientos?
Una vez admitido el concurso, los acreedores con créditos incluidos no pueden iniciar nuevas reclamaciones individuales. Cualquier nuevo procedimiento que intentaran abrir queda suspendido y se acumula al concurso.
Si te están a punto de embargar
Si has recibido un requerimiento o un decreto de embargo, no esperes. Cuanto antes presentemos la solicitud, antes se paraliza el procedimiento. Cuéntanos tu caso por WhatsApp o email y aceleramos el calendario.
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