Una de las dudas más frecuentes: ¿si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad, afecta a mi pareja? La respuesta depende del régimen económico matrimonial y de cómo se contrajeron las deudas.
Régimen de separación de bienes
Si estáis en separación de bienes (común en Cataluña, Baleares y otras CCAA), las deudas son individuales. Si las deudas son tuyas exclusivas, tu cónyuge no se ve afectado: sus bienes propios (cuentas, salario, propiedades a su nombre) están a salvo.
Régimen de gananciales
Más complejo. Las deudas contraídas durante el matrimonio para atender el sostenimiento de la familia o el ejercicio profesional son responsabilidad ganancial. Las deudas privativas (anteriores al matrimonio o de actividades fuera del ámbito común) son responsabilidad individual.
- Si la deuda es privativa tuya: solo responden tus bienes y, en su caso, la mitad ganancial que te corresponde.
- Si la deuda es ganancial: responde la sociedad de gananciales íntegramente, lo que puede afectar bienes comunes (cuentas, vivienda, ahorros).
Deudas firmadas por ambos
Si firmasteis juntos un préstamo o sois codeudores solidarios, ambos respondéis. Tu exoneración como deudor te libera, pero el acreedor puede seguir reclamando a tu cónyuge por la totalidad. Si tu cónyuge tampoco puede pagar, deberá a su vez plantearse la Ley de Segunda Oportunidad.
Avales
Si tu cónyuge avaló tu préstamo, su aval sigue vivo después de tu exoneración. El banco le puede reclamar. Detalle aquí.
Vivienda común
Si la vivienda es común y se incluye en la masa, afecta también a tu cónyuge en su parte. En esos casos suele ser preferible que los dos cónyuges tramiten conjuntamente sus respectivos procedimientos, especialmente si ambos están endeudados.
Casos prácticos
- Marido con tarjetas a su nombre, esposa con sueldo independiente y separación de bienes: el procedimiento solo afecta al marido.
- Pareja con préstamo conjunto y gananciales: conviene tramitación conjunta. Cada uno hace su procedimiento, sincronizados.
- Marido autónomo con deudas profesionales y esposa asalariada: las deudas profesionales pueden ser privativas si no afectaron al sostenimiento familiar.
Recomendación
Antes de iniciar nada, hacemos un análisis en pareja: revisamos régimen económico, naturaleza de las deudas, bienes comunes y privativos. Solo así podemos garantizarte que no habrá sorpresas para tu pareja.
¿Tienes dudas sobre tu caso? Escríbenos por WhatsApp o pide tu estudio gratuito. Tramitación con Abogados Segunda Oportunidad, cobertura nacional.